Un juez confirmó las sanciones contra el agente interventor y un gerente regional de la entidad tras concluir que desatendieron una tutela que ordenaba garantizar el tratamiento integral de un niño con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita.
La justicia volvió a pronunciarse contra dos altos funcionarios de Nueva EPS. En segunda instancia, el Juzgado Civil del Circuito de Aguadas, en Caldas, confirmó el arresto del agente interventor, Jorge Iván Ospina Gómez, y del gerente regional Centro Occidente (encargado), Luis Carlos Velandia Cortés, al establecer que incumplieron una orden judicial relacionada con la atención médica de un menor de edad.
La decisión mantiene vigente la sanción impuesta el pasado 23 de junio, cuando el despacho declaró a ambos responsables de desacato. Como consecuencia, deberán cumplir tres días de arresto y pagar una multa de 434 Unidades de Valor Básico (UVB), equivalente a cerca de $5.255.740.
Según el fallo, los funcionarios no atendieron la tutela que obligaba a la EPS a garantizar el acceso oportuno e integral a los servicios de salud requeridos por un niño diagnosticado con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita, pese a los reiterados requerimientos realizados por la autoridad judicial.
El proceso tiene origen en febrero de 2023, cuando un juez ordenó a Nueva EPS brindar al menor todos los tratamientos, consultas especializadas, terapias, procedimientos, medicamentos y exámenes que demandara su condición médica, sin limitarse al Plan de Beneficios en Salud.
No obstante, en abril de este año la madre del paciente promovió un incidente de desacato al denunciar que varios servicios continuaban sin ser autorizados ni prestados. Entre ellos figuraban controles por infectología, neurología pediátrica, neurocirugía, fonoaudiología, psicología y la realización de una tomografía de cráneo.
Durante el trámite, el juzgado solicitó en distintas oportunidades que el agente interventor y el gerente regional demostraran el cumplimiento de la orden o explicaran las razones del retraso. Sin embargo, de acuerdo con el expediente, ninguno respondió a los requerimientos ni presentó evidencia de gestiones encaminadas a garantizar la atención médica del menor.
Con esta decisión, la justicia reafirmó que el desacato a las órdenes judiciales relacionadas con la protección del derecho fundamental a la salud puede derivar en sanciones personales para los funcionarios responsables de su cumplimiento.

