La alta corte concluyó que hubo vulneración de derechos ambientales y dispuso un plan para restaurar la ronda hídrica del arroyo León. Además, suspendió nuevas actividades del proyecto hasta que se cumplan los requisitos exigidos por la autoridad ambiental.
La protección del arroyo León y de los ecosistemas que rodean el lago del Cisne dio un giro con una reciente decisión del Consejo de Estado. En un fallo de segunda instancia, la corporación ordenó implementar acciones para recuperar esta zona ambiental de Puerto Colombia y dejó sin efecto una sentencia que anteriormente había rechazado las pretensiones de un grupo de ciudadanos.
La decisión judicial establece que el desarrollo del proyecto urbanístico Mas House Caujaral afectó derechos colectivos relacionados con el acceso a un ambiente sano, la conservación del equilibrio ecológico y la protección del espacio público.
La Sección Primera del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón, determinó que existían elementos suficientes para proteger las rondas hídricas del arroyo León y los ecosistemas vinculados al lago del Cisne, en el marco del Plan Parcial Caujaral.
La corporación revocó así la decisión emitida por el Tribunal Administrativo del Atlántico, que había negado una acción popular promovida por ciudadanos preocupados por el impacto ambiental del proyecto.
Durante el proceso se expuso que la urbanización se desarrolla en un área considerada ambientalmente sensible, donde podrían verse comprometidos cuerpos de agua, la biodiversidad y las condiciones naturales del ecosistema.
Como parte de las órdenes impartidas, el Consejo de Estado dispuso que la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) y la Alcaldía de Puerto Colombia elaboren y ejecuten un Plan de Intervención.
Este documento deberá incluir medidas para:
- Restaurar la ronda hídrica del arroyo León.
- Recuperar las condiciones naturales del ecosistema.
- Identificar y evaluar las afectaciones ambientales generadas.
Asimismo, el alto tribunal ordenó que la empresa responsable del proyecto se abstenga de adelantar nuevas actividades hasta que la autoridad ambiental confirme el cumplimiento de los requisitos legales y otorgue las autorizaciones correspondientes.
El abogado Óscar Borja calificó el fallo como un avance significativo para la protección del patrimonio ecológico de la región.
Según explicó, la sentencia concluyó que el Tribunal Administrativo del Atlántico no valoró de forma suficiente las pruebas presentadas durante el proceso, entre ellas actuaciones adelantadas por la CRA que evidenciaban afectaciones ambientales y daban cuenta de sanciones y amonestaciones impuestas por la autoridad ambiental durante la ejecución del proyecto.
Borja también destacó la importancia ambiental del lago del Cisne y de los cuerpos de agua asociados, al señalar que cumplen un papel fundamental para la conservación de la flora, la fauna y las aves migratorias que llegan periódicamente a la zona.
En ese sentido, sostuvo que estos humedales son esenciales para mantener el equilibrio ecológico del territorio y que su preservación debe prevalecer frente a cualquier intervención.
Aunque el Consejo de Estado aclaró que la acción popular no es el mecanismo para anular el Plan Parcial de Caujaral, sí recordó que este tipo de procesos permite adoptar medidas cuando se evidencia una amenaza o vulneración de derechos colectivos.
La decisión reafirma que los proyectos urbanísticos deben desarrollarse bajo criterios de sostenibilidad y respeto por los ecosistemas, garantizando la protección de humedales, fuentes hídricas, especies de fauna y flora antes de cualquier intervención.

