La cartera de educación cuestionaba la presunta falsedad en las certificaciones laborales sobre experiencia docente que presentó Barrios para participar en la elección de rector.
El Juzgado Primero Oral Administrativo del Circuito de Barranquilla declaró improcedente la acción de tutela presentada por Leyton Barrios Torres, exrector de la Universidad del Atlántico, quien buscaba ser restituido en el cargo.
Barrios solicitaba que se dejara sin efecto la resolución del 11 de diciembre del Ministerio de Educación Nacional que designó a Rafael Castillo Pacheco como su reemplazo. La cartera de educación cuestionaba la presunta falsedad en las certificaciones laborales sobre experiencia docente que presentó Barrios para participar en la elección de rector.
El exrector, elegido por el Consejo Superior de la Universidad el 27 de octubre de 2025, fundamentaba su tutela en la protección de derechos fundamentales al ser «cabeza de familia». Vinculó en el proceso a la Gobernación, el Consejo Superior de Uniatlántico y la Procuraduría General de la Nación.
Argumentos rechazados
En la sentencia, el juzgado declaró «improcedente la acción de tutela invocada por Leyton Barrios por la presunta violación de los derechos fundamentales al trabajo, mínimo vital, debido proceso, intimidad personal, buen nombre, honra, libertad y autonomía universitaria».
Barrios también solicitaba se tutelaran derechos fundamentales a la educación, trabajo y debido proceso de estudiantes y graduandos de la institución, petición que fue rechazada por el tribunal.

