jueves, mayo 7, 2026
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Corte anula cobro a generadoras eléctricas y ordena devolver dinero recaudado

El tribunal dejó sin efecto el decreto que imponía una contribución del 2,5 % sobre utilidades y fijó un plazo de seis meses para que la Dian compense o reintegre los recursos a las empresas.

Se cierra un capítulo que venía generando tensión en el sector energético. La Corte Constitucional decidió eliminar el decreto que obligaba a las empresas generadoras de energía a aportar parte de sus ganancias, una medida impulsada por el Gobierno nacional a comienzos de 2026.

La norma, que establecía un cobro del 2,5 % sobre las utilidades antes de impuestos para la vigencia de 2025, fue declarada inválida por el alto tribunal. Con esta decisión, también se ordena devolver el dinero que ya había sido recaudado bajo ese esquema.

El fallo establece que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tendrá un plazo máximo de seis meses para realizar la devolución o compensación de los recursos a las compañías afectadas.

La decisión fue adoptada de forma unánime, con ocho votos a favor. El magistrado Vladimir Fernández estuvo a cargo de la ponencia, mientras que uno de los togados aclaró su voto y otro se declaró impedido.

Uno de los puntos clave del decreto también quedó sin piso. Se trata del artículo que obligaba a las empresas a entregar en especie el 12 % de la energía comercializada en bolsa, para redistribuirla entre compañías intervenidas.

Sobre este aspecto, la Corte determinó que deben aplicarse efectos retroactivos de tipo compensatorio. En otras palabras, si se generaron aportes bajo esta figura, deberán ser reconocidos y ajustados dentro del sistema.

El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) será el encargado de certificar la cantidad de energía entregada, su valor y el monto correspondiente en pesos. Ese documento servirá como soporte para los ajustes tributarios que correspondan.

La decisión llega después de que el mismo tribunal suspendiera provisionalmente el decreto en febrero, lo que ya había dejado la medida sin aplicación durante los últimos meses.

Con este fallo definitivo, se pone punto final a la discusión jurídica en torno a esta contribución, que había generado debate entre el Gobierno y el sector energético por su impacto en las finanzas de las empresas.

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