Una nueva circular obliga a EPS y prestadores a mantener los servicios, facilitar medicamentos y tratamientos y habilitar alternativas como telemedicina y atención extramural en los territorios afectados.
La emergencia provocada por el terremoto también puso a prueba la capacidad de los servicios de salud. Para evitar que los daños en hospitales y centros médicos terminen convirtiéndose en nuevas barreras para los pacientes, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció un conjunto de medidas especiales para las zonas afectadas.
Las disposiciones quedaron establecidas en la Circular Externa 0028 de 2026, dirigida a las EPS y a las instituciones prestadoras de servicios de salud.
El objetivo es que la población pueda continuar recibiendo consultas, medicamentos y tratamientos pese a las dificultades generadas por la emergencia.
Las entidades responsables de garantizar el aseguramiento deberán revisar el estado y la capacidad de sus redes de prestación de servicios.
Cuando sea necesario, tendrán que realizar ampliaciones, adecuaciones o sustituciones de servicios para mantener la atención disponible.
La instrucción también contempla facilitar los procedimientos y servicios que ya habían sido autorizados antes del terremoto, pero que todavía estaban pendientes de realizarse.
La prioridad será evitar que trámites administrativos terminen retrasando la atención de personas que necesitan continuar con sus tratamientos.
El Ministerio estableció especial protección para los grupos que podrían enfrentar mayores riesgos durante la emergencia.
Entre ellos están:
- Personas con enfermedades crónicas o de alto costo.
- Mujeres embarazadas.
- Adultos mayores.
- Personas con discapacidad.
- Niños, niñas y adolescentes.
- Pacientes que actualmente se encuentren bajo algún tratamiento médico.
Las EPS también deberán garantizar la entrega de medicamentos y tecnologías en salud que hayan sido perdidos o afectados como consecuencia del terremoto.
La respuesta sanitaria podrá apoyarse en diferentes modalidades para llegar a quienes no puedan desplazarse hasta un centro médico.
Entre las alternativas contempladas están la telemedicina, consultas prioritarias, atención en salud mental, vehículos asistenciales y servicios extramurales.
Además, si un paciente tuvo que ser trasladado desde un hospital afectado hacia otra institución, deberá garantizarse la continuidad de su tratamiento en el nuevo centro de atención.
La circular también establece mecanismos para que determinados costos derivados de la emergencia puedan ser presentados ante la ADRES para su reconocimiento.
Esto incluye gastos relacionados con servicios de salud, transporte asistencial, indemnizaciones por muerte, gastos funerarios e incapacidad permanente.
En el caso de los servicios de salud, la ADRES podrá emitir certificados de reconocimiento por un valor de hasta $36.749.788,32.
Cuando el costo de la atención supere ese monto, la responsabilidad económica corresponderá a la EPS respectiva.
La Superintendencia Nacional de Salud tendrá a su cargo el seguimiento del cumplimiento de estas disposiciones.
El organismo deberá estar atento a posibles negaciones de servicios, retrasos, interrupciones de tratamientos o problemas relacionados con las redes de atención.
Con estas medidas, el Gobierno busca que los daños ocasionados por el terremoto no deriven en una segunda emergencia para los pacientes y que las personas afectadas puedan mantener el acceso a servicios médicos, medicamentos y tratamientos durante el proceso de recuperación.

