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¿Puede un presidente eliminar la JEP? Expertos explican qué tan viable es esa propuesta

Juristas consultados consideran que la Jurisdicción Especial para la Paz tiene un sólido respaldo constitucional y advierten que desmontarla requeriría una compleja reforma a la Carta Política, además de generar efectos jurídicos y políticos de gran alcance.

La propuesta del presidente electo Abelardo De La Espriella de eliminar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha reabierto el debate sobre el futuro de la justicia transicional en Colombia. Aunque el mandatario ha reiterado su intención de suprimir este tribunal, especialistas en derecho coinciden en que hacerlo no depende únicamente de la voluntad del Gobierno.

Los analistas consultados sostienen que la JEP cuenta con un blindaje constitucional que impide su eliminación mediante decretos, actos administrativos o una ley ordinaria. En consecuencia, cualquier intento de desmontarla tendría que superar un proceso mucho más complejo.

El abogado Andrés Díaz Arana explicó que la JEP fue incorporada directamente a la Constitución como parte de la implementación del Acuerdo de Paz firmado en 2016.

Por esa razón, señaló que el único camino jurídico para eliminarla sería una reforma constitucional mediante un acto legislativo, procedimiento que exige ocho debates en dos periodos ordinarios y consecutivos del Congreso.

Aun si ese trámite prosperara, el experto advirtió que la iniciativa enfrentaría múltiples demandas por un posible impacto sobre los derechos de las víctimas, la seguridad jurídica de los comparecientes y los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario.

Aunque considera poco probable que la JEP desaparezca por la vía constitucional, Díaz Arana señaló que un eventual Gobierno sí podría afectar su funcionamiento mediante decisiones relacionadas con el presupuesto o con modificaciones a sus procedimientos internos.

En su concepto, un debilitamiento financiero tendría consecuencias sobre la capacidad operativa del tribunal y podría generar incertidumbre para excombatientes, terceros sometidos a la jurisdicción y víctimas que participan en los procesos.

Además, recordó que Colombia mantiene compromisos con organismos internacionales como la ONU, la OEA, la Unión Europea y la Corte Penal Internacional, por lo que cualquier cambio sustancial en el sistema de justicia transicional tendría repercusiones más allá del ámbito nacional.

El abogado penalista Santiago Yepes respaldó esa interpretación y afirmó que la única forma de desmontar la JEP es utilizando el mismo mecanismo mediante el cual fue creada: una reforma constitucional o, eventualmente, un referendo que modifique los artículos que sustentan esta jurisdicción.

Según explicó, lograr una modificación de ese nivel supone superar importantes obstáculos políticos, especialmente por la necesidad de obtener amplios consensos en el Congreso y enfrentar el control constitucional correspondiente.

Yepes advirtió que, si la JEP dejara de existir, los casos tendrían que regresar a la jurisdicción ordinaria, aplicando el Código Penal y las normas procesales vigentes.

Ese escenario implicaría trasladar miles de expedientes, revisar decisiones ya adoptadas y redefinir procesos relacionados con verdad, reparación y restitución para las víctimas, lo que podría generar una significativa inseguridad jurídica.

El penalista también alertó sobre un posible incremento del riesgo de impunidad debido al volumen de procesos que tendría que asumir la justicia ordinaria.

Los expertos recordaron que la Jurisdicción Especial para la Paz ya cuenta con un cronograma establecido desde su creación.

La fase de investigación y acusación está prevista hasta el 15 de marzo de 2028, mientras que la etapa jurisdiccional se extenderá, en principio, hasta el 15 de marzo de 2033.

En caso de que el Congreso apruebe una prórroga excepcional, la jurisdicción podría operar hasta el 15 de marzo de 2038.

Más allá de las implicaciones jurídicas, los especialistas consideran que una eventual eliminación de la JEP podría afectar la confianza de grupos armados interesados en negociar con el Estado o someterse a la justicia.

A su juicio, modificar uno de los pilares del Acuerdo de Paz enviaría un mensaje de incertidumbre sobre el cumplimiento de los compromisos institucionales y podría dificultar futuras negociaciones de paz en el país.

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