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La Audiencia de Barcelona rechaza la libertad para Dani Alves por temor a fuga

Desestimando el argumento de su defensa sobre la falta de cambios en las circunstancias, a pesar de la solicitud de libertad por violación.

La Audiencia de Barcelona ha rechazado nuevamente la solicitud de libertad provisional presentada por el exjugador del Barcelona, Dani Alves, quien está acusado de agresión sexual a una joven en una discoteca el pasado diciembre. El tribunal ha fundamentado su decisión en la persistencia del riesgo de fuga, el cual, según indican, se incrementa a medida que se acerca el juicio.

Esta es la tercera ocasión en la que la Audiencia de Barcelona desestima los recursos presentados por el jugador brasileño contra la orden de prisión dictada por la juez instructora. Alves ha permanecido en detención desde el 20 de enero en el centro penitenciario de Brians 2.

El último fallo, sujeto a recurso de súplica en un plazo de tres días, ratifica la negativa de otorgar la libertad solicitada por Alves el pasado 7 de noviembre. El exjugador continuará en prisión provisional, sin posibilidad de fianza, de acuerdo con la sección 21 de la Audiencia de Barcelona.

La Audiencia argumenta que persiste el riesgo de fuga, desestimando la posición de la defensa del brasileño. Señalan que la apertura del juicio oral y la presentación de la acusación por parte de la Fiscalía, que solicita una pena de 9 años de prisión, así como la proximidad del juicio, aumentan el peligro de fuga.

El auto enfatiza que ninguna de las medidas alternativas propuestas por la defensa de Alves puede mitigar dicho riesgo, sosteniendo que solo la prisión preventiva podría evitar tal posibilidad.

La Audiencia rechaza también el supuesto arraigo en el país que alegó la defensa del exjugador, debido a su reciente traslado de sus hijos a España, considerado por el tribunal como una acción planeada específicamente para este caso.

En referencia al abono de 150.000 euros en reparación del daño, la Audiencia sostiene que será el Órgano sentenciador quien decida si se aplica la atenuante de reparación del daño. Remarcan que el abono económico en casos de delitos sexuales no equivale necesariamente a una atenuante y que esta determinación se realizará durante el juicio.

Tanto la Fiscalía como la Acusación Particular, representante de la víctima, se han opuesto nuevamente a la liberación de Alves.

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